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Desde este 1 de agosto y hasta el 30 de noviembre de 2021 entró en vigencia el nuevo periodo que limita a 10 nudos la velocidad de navegación de las embarcaciones, por las áreas establecidas en la ruta del Canal de Panamá, con el objetivo de proteger a los cetáceos que durante esta época migran y pasan por las costas panameñas.
Panamá cuenta con dispositivos de separación del tráfico marítimo (TSS, por sus siglas en inglés), desde el 1 de diciembre de 2014, los cuales están ubicados en la costa del Océano Pacifico y en Cristóbal, en el Mar Caribe, ambos en las rutas de navegación de las entradas al Canal Interoceánico.
Las embarcaciones que transiten por el Canal de Panamá a través de ambos océanos, deben permanecer dentro de las áreas designadas para la navegación establecidas a través de las TSS, por recomendación de la Organización Marítima Internacional (OMI), para evitar cualquier incidente entre los buques y los cetáceos.
El Canal de Panamá ha señalado que esta medida busca incrementar la seguridad de la navegación en las zonas de convergencia y de gran densidad de tráfico, al igual que aquellas donde la libertad de movimiento de los buques se ve disminuida por restricciones de espacio, obstáculos para la navegación, limitaciones de profundidad, condiciones meteorológicas desfavorables, aprovechamiento de recursos pesqueros, áreas costeras y la presencia de especies marinas sensitivas y de importancia para la protección de especies y sus hábitats.
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La Asociación de Armadores Panameños (ARPA) es una organización independiente constituida por armadores y operadores de embarcaciones comerciales de capital accionario en su mayoría panameños en la República de Panamá, que incluye desde lanchas de trabajo hasta buques...