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Nuevas medidas obligatorias para reducir la intensidad de las emisiones de carbono del transporte marítimo internacional, han sido establecidas por la Organización Marítima Internacional (OMI), con el objetivo de reducir los gases de efecto invernadero (GEI) de los buques.
El Comité de protección del medio ambiente marino de la OMI (MEPC 76), aprobó las enmiendas al Anexo VI del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (Convenio MARPOL) que obligarán a los buques a reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero, durante un encuentro a distancia que se realizó del 10 al 17 de junio de 2021.
Las enmiendas aprobadas combinan enfoques técnicos y operativos para mejorar la eficiencia energética de los buques, proporcionando también importantes elementos para futuras medidas de reducción de GEI.
En ese sentido, se exigirá que todos los buques calculen su índice de eficiencia energética aplicable a los buques existentes (EEXI) y que establezcan un indicador de intensidad de carbono (CII) anual, así como su clasificación CII. La intensidad del carbono relaciona las emisiones de GEI con la cantidad de carga transportada y la distancia recorrida.
Los buques obtendrán una clasificación de su eficiencia energética que se evaluará en (A, B, C, D, E - donde A es la mejor). El organismo internacional señaló que se está haciendo el llamado a las Administraciones, autoridades portuarias y otras partes interesadas, según proceda, a facilitar incentivos a los buques clasificados A o B, para enviar una señal clara al mercado y al sector financiero.
El secretario general de la OMI, Kitack Lim, señaló que la adopción de las nuevas medidas está basada en las anteriores que fueron establecidas anteriormente, para conducir al transporte marítimo por el camino correcto hacia la descarbonización. “Hemos avanzado mucho desde el inicio de nuestra andadura... sus progresos seguirán aportando el beneficio de la experiencia para poder tomar decisiones ambiciosas y basadas en pruebas para la fase 3 de la implantación de la medida operativa, que se reforzará y desarrollará teniendo en cuenta la revisión de la medida a corto plazo y la información científica climática más reciente", apuntó.
Prohíben uso de sustancia tóxica cibutrina en la pintura de cascos
La OMI también adoptó otra serie de medidas para evitar la contaminación del medio ambiente marino. Para ello estableció la eliminación del tributilestaño (TBT) de las pinturas antiincrustantes y se sustituyó por varios biocidas nuevos. Uno de estos sustitutos fue la cibutrina, que se utiliza en la pintura del casco para evitar el crecimiento de las bioincrustaciones.
En 2019, se reveló que la cibutrina es tóxica de forma aguda y crónica para una variedad de organismos marinos y, en algunos casos, incluso más dañina que el TBT. Esta sustancia se acumula en los sedimentos y provoca efectos a largo plazo en el medio ambiente marino.
A partir del 1 de enero de 2023, no se permitirá la aplicación o reaplicación de un AFS que contengan cibutrina de acuerdo con las enmiendas al Convenio AFS relativas a los controles de la cibutrina y a la forma del Certificado Internacional del Sistema Antiincrustante, que fueron acordadas en la reciente reunión MEPC 76 de la OMI.
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